El presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes, y el presidente del Consejo General de Procuradores de España, Juan Carlos Estévez, han suscrito hoy, martes 5 de abril, un convenio de colaboración entre las instituciones que presiden para aplicar e impulsar la mediación intrajudicial.

Acuerdo de colaboración

Las partes firmantes acuerdan impulsar la mediación civil y mercantil, así como en su caso, la mediación en los órdenes contencioso-administrativo, laboral y penal, ofreciendo a las partes en litigio judicial la posibilidad de utilizar este instrumento, con la finalidad de conseguir una solución más rápida y satisfactoria.

El CGPJ y el Consejo General de Procuradores se comprometen a colaborar en todos aquellos aspectos relacionados con el objeto del Convenio suscrito hoy, incluido el intercambio de información, conocimientos y experiencias.

Programa de mediación

El programa de mediación se ajustará a los principios básicos establecidos en la legislación española en materia de mediación civil y mercantil, es decir, voluntariedad, igualdad de las partes e imparcialidad de los mediadores, neutralidad y confidencialidad.

Compromisos

Entre los compromisos que asume el CGPJ figura el de promover e impulsar la mediación intrajudicial entre los jueces y magistrados y contribuir a dotarles de herramientas para su implementación en el proceso durante el ejercicio de su labor jurisdiccional.

Por su parte, el Consejo General de Procuradores de España se compromete, entre otras cuestiones, a garantizar que la labor desarrollada por su Institución de Mediación sea conforme al protocolo que se diseñe en cada partido judicial por la Guía Práctica para la mediación elaborada por el CGPJ.

Mediación intrajudicial

Pese a que la mediación se configura como como una alternativa al proceso judicial o a la vía arbitral, el reto de implantar una justicia de calidad capaz de resolver los diversos conflictos que surgen en una sociedad moderna, basada en la flexibilidad y en el respeto a la autonomía de la voluntad de las partes, permite el encaje de la mediación dentro de los procedimientos judiciales, lo que se ha denominado mediación intrajudicial.

La Ley de Mediación realizó una serie de modificaciones de carácter procesal para facilitar la aplicación de la mediación dentro del proceso civil.

Regula así la facultad de las partes para disponer del objeto del juicio y someterse a mediación, así como la posibilidad de que sea el juez el que invite a las partes a llegar a un acuerdo y, a tal fin, se informen de la posibilidad de recurrir a la mediación. Se trata de una novedad que, dentro del respeto a la voluntad de las partes, trata de promover la mediación y las soluciones amistosas de los litigios. Por otro lado, se prevé la declinatoria como remedio frente al incumplimiento de los pactos de sometimiento a mediación o frente a la presentación de una demanda estando en curso la misma.

Autor: Nota de Prensa CGPJ