El Gobierno convoca el examen de acceso a la profesión de Procurador de los Tribunales para 2016.

El BOE de 21 de abril de 2016 publica la Orden PRE/576/2016, de 20 de abril (LA LEY 5795/2016), por la que se convoca la prueba de evaluación de aptitud profesional para el ejercicio de la profesión de Procurador de los Tribunales para el año 2016.

Esta es la modalidad de acceso al ejercicio de la procura establecida por la Ley 34/2006, de 30 de octubre (LA LEY 10470/2006), desarrollada mediante el Real Decreto 775/2011, de 3 de junio (LA LEY 12589/2011), por el que se aprueba el Reglamento sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales (modificado por el Real Decreto 150/2014, de 7 marzo (LA LEY 3214/2014)). Este reglamento establece cuales son los requisitos que deben reunir aquellos ciudadanos que quieran desempeñar las profesiones de abogado o procurador.

Convocatoria

Se convoca para el año 2016 la prueba de evaluación para la acreditación de la capacitación profesional para el acceso a la profesión de Procurador de los Tribunales dirigida a comprobar la formación suficiente para el ejercicio de la profesión, el conocimiento de las respectivas normas deontológicas y profesionales y en particular la adquisición de las competencias previstas en los cursos de formación impartidos por universidades o escuelas de práctica jurídica debidamente acreditadas.

Paso previo al ejercicio de la profesión de Procurador

Este examen oficial, es la prueba de evaluación profesional mediante la que se comprueba el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley 34/2006 (LA LEY 10470/2006).

Es por tanto obligatorio para la obtención del título profesional de procurador de los Tribunales.

A tenor de lo dispuesto en la disposición adicional primera de la Ley 34/2006, de 30 de octubre (LA LEY 10470/2006), el ejercicio permanente en España de las profesiones de abogado y procurador con título profesional obtenido en otro Estado miembro de la UE o del EEE se regulará por su legislación específica.

Recordemos que la Ley estableció en su disposición transitoria única la no retroactividad de esta exigencia, pues indicaba que estos títulos profesionales no serían exigibles a quienes ya estuvieran incorporados a un colegio de abogados o procuradores. Además regulaba otros supuestos

– tampoco serán exigibles a quienes, sin estar incorporados a un colegio de abogados o procuradores a su entrada en vigor, hubieran estado incorporados antes de su entrada en vigor, como ejercientes o no ejercientes, durante un plazo continuado o discontinuo no inferior en su cómputo total a un año, siempre que procedan a colegiarse antes de ejercer como tales y no hubieran causado baja por sanción disciplinaria.

– Quienes en el momento de la entrada en vigor de la presente Ley se encontraran en posesión del título de licenciado o grado en Derecho o en condiciones de solicitar su expedición y no estuvieran comprendidos en el apartado anterior, dispondrán de un plazo máximo de dos años, a contar desde su entrada en vigor, para proceder a colegiarse, como ejercientes o no ejercientes, sin que les sea exigible la obtención de los títulos profesionales que en ella se regulan.

Programa

El programa que se encuentra en el anexo II de la convocatoria y contiene una descripción orientativa de las materias y competencias necesarias para el acceso a la profesión de Procurador de los Tribunales que serán objeto de la evaluación.

El temario se organiza en dos bloques:

– Deontología profesional, organización y ejercicio de la profesión de procurador de los Tribunales

– Competencias profesionales para el ejercicio de la profesión de procurador de los Tribunales

Pruebas piloto

Todos los ciudadanos interesados pueden descargar las pruebas piloto de evaluación profesional que el Ministerio de Justicia proporciona en su página web, entre las que también se incluye una de ellas con indicación de las respuestas que se consideran correctas.

Solicitudes por vía telemática

Si se dispone de DNI electrónico u otro certificado electrónico reconocido, la solicitud de participación se puede cumplimentar por vía telemática.

Fecha y hora del examen

Finalizado el plazo de subsanación de defectos en las solicitudes, la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia publicará la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que podrá consultarse en el portal web del Ministerio de Justicia, y fijará el lugar, la fecha y la hora para la realización del ejercicio.