El 81% de las sentencias que se dictan en España son confirmadas por órganos judiciales superiores.

A. Vigil.- El 81,29% de las sentencias que se dictan en España son confirmadas por órganos judiciales superiores en apelación o suplicación. Se trata de un dato relevante porque, además de indicar el porcentaje de éxito que cabe esperar cuando se recurre una decisión judicial, muestra también que los tribunales superiores jerárquicamente avalan la calidad de las sentencias que llegan ante ellos. La mejor cifra se encuentra en la jurisdicción civil, donde el porcentaje de confirmación asciende al 89,9%.

Sin embargo, en el caso de los recursos de casación presentados ante el Tribunal Supremo, el porcentaje es más bajo, del 69,41%, si bien hay que tener en cuenta que este órgano judicial hace un filtro previo, por el que el 84,96% de los recursos que se presentan ante él no son admitidos.

Así aparece recogido en el Informe 2015 del Observatorio de la Actividad de la Justicia de la Fundación Wolters Kluwer, que se presentó ayer en el Ministerio de Justicia, de la mano del ministro en funciones, Rafael Catalá, y según el cual la cifra de sentencias confirmadas en apelación y suplicación es la mejor de la serie histórica, que recoge datos comprendidos entre los años 2007 y 2014.

En su conjunto, el balance total de los indicadores de calidad de la Justicia que analiza el informe y que se calcula teniendo en cuenta toda una serie de parámetros, aparte de los ya mencionados, como la carga de trabajo de los órganos judiciales, la razonable duración de los procedimientos o la ejecución de sentencias, la situación ha mejorado aportando el segundo mejor dato de la serie histórica (la nota final es de 73,10 puntos porcentuales sobre 100).

Durante la presentación del informe, el magistrado Enrique López, director del Observatorio, destacó como datos más significativos, aparte del incremento de la calidad de las sentencias con un mayor número de confirmadas, «el aumento de la productividad de los jueces o la disminución de la ratio entre jueces existentes y jueces necesarios», aunque señaló que «todavía deben mejorar los tiempos de respuesta de los órganos judiciales».

Duración de los procesos

Sobre este último aspecto, el informe muestra cómo tan sólo en el 59% de los casos se ha logrado una duración de respuesta de la Justicia óptima, si bien es cierto que este dato ha venido mejorando en la serie histórica respecto a la cifra más baja que se observó en el año 2011. En este terreno también cabe destacar otra cifra y es que casi 52 de cada 100 órganos judiciales han logrado mejorar el tiempo que tardan en resolverse los asuntos iniciados.

Otro capítulo con un amplio margen de mejora es el de la ejecución de sentencias, un indicador de calidad de la Justicia que tradicionalmente arroja datos lejanos a lo deseable: el porcentaje de ejecuciones de resoluciones firmes dictadas por los juzgados y tribunales que se han llevado a buen fin es de un exiguo 38,61%.

Por otro lado, el informe muestra que crece el número de sentencias dictadas por jueces y magistrados pertenecientes a la carrera judicial. Mientras que entre los años 2009 a 2011 las resoluciones dictadas por jueces de carrera representaba en torno al 80%, en 2014 la cifra se dispara al 95%, un dato que puede encontrar su explicación en la reforma de 2012 por la que se modificaba el régimen de sustituciones de juzgados vacantes o de ausencias regladas.

Datos judiciales que dan fe de la recuperación económica

que se disparara el número de asuntos de concursal, despidos, reclamaciones de cantidad laborales, procedimientos monitorios civiles y ejecuciones hipotecarias, pero a finales de 2013 se comenzó a observar un descenso, con una tendencia especialmente acusada en el primer trimestre de 2015.

Así lo reflejaba el ‘Informe sobre las consecuencias del cambio de ciclo económico en la actividad judicial’ del Observatorio de la Actividad de la Justicia de la Fundación Wolters Kluwer, tal como recordó ayer su presidenta, Rosalina Díaz.

La evolución en la actividad judicial durante los últimos años muestra, por ejemplo, la multiplicación casi por siete del número de concursos presentados ante los juzgados de lo mercantil hasta el inicio de 2014, año en el que se invierte la tendencia, llegando a observarse un descenso del 21,8% en el primer trimestre de 2015, respecto al mismo período del año anterior. En 2007 se presentaron 1.589 concursos y la cifra llegó a ascender hasta los 10.949 de 2013, pero descendió a 8.132 en 2014.

El número de asuntos en lo social también ha caído: en 2007, los procedimientos por despido fueron 66.249, repuntando hasta los 147.404 en 2012, año en que comenzaron a descender hasta los 118.213 de 2014, y en el primer trimestre de 2015 descendió un 16,2%. La mejora de los datos también se observa, aunque más tímidamente, en los procesos por reclamación de cantidad ante la jurisdicción social. En las ejecuciones hipotecarias, la avalancha de casos fue muy evidente, pasando de 25.943 en 2007 a los 93.636 en 2010. Pero a partir de entonces empezó a descender, aunque lentamente, llegando a 80.749 en 2014.

Radiografía

La carga de trabajo de los órganos judiciales excede en un 15% la capacidad máxima de resolver asuntos iniciados en el año.

La ratio entre jueces existentes y jueces necesarios muestra una cobertura del 94,81%, lo que supone una mejora en la serie histórica. Esto significa que para una situación óptima sería necesario aumentar la planta judicial un 5%.

El 75% de los juzgados y tribunales españoles cumple con el rendimiento exigible medido por los módulos judiciales de dedicación que fija el Consejo General del Poder Judicial.

En cuanto al número de asuntos pendientes que arrastran los órganos judiciales, la carga de trabajo que no llega a ser atendida al concluir el año se sitúa en el 29% de asuntos.